En el año 2019 nos contactó el economista y activista ambiental Gonzalo Prieto, a quien entonces no conocíamos, quien nos informó que algunos particulares estaban interviniendo amplias extensiones de terrenos rurales en la parte alta de la Región Metropolitana de Santiago. Nos juntamos en un restaurant para compartir conocimientos, concluyendo que esos territorios están clasificados como Áreas de Preservación Ecológica (APE) en el Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS) del año 1994.
El 5 de diciembre de 2019 denunciamos en la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) que los dueños de los proyectos Chaguay en la comuna de Lo Barnechea y La Cumbre Oriente, Guay Guay y Mirador Pie Andino en la comuna de Colina, estaban ejecutando ciertas obras preparatorias en sus propios terrenos. En enero de 2020, tanto Prieto como la fundación Defendamos la Ciudad ingresaron sendas denuncias en la Contraloría General de la República (CGR) y en el Consejo de Defensa del Estado (CDE). Posteriormente, quien firma este texto sostuvo una entrevista con el entonces alcalde de Lo Barnechea, Cristóbal Lira, ocasión en que conocimos a las abogadas Consuelo Herrera, funcionaria municipal, y Natalia Alfieri, asesora externa.
En razón a que el artículo 8.3.1.1 del PRMS define con suma claridad cuáles son las actividades que se pueden desarrollar en las APE —científica, cultural, educativa, recreacional, deportiva y turística—, la CGR resolvió que dichos cuatro proyectos eran improcedentes.
La comuna de Colina ingresó en el año 1997 al PRMS, y después de ese año los dueños de los proyectos La Cumbre Oriente y Mirador Pie Andino iniciaron la venta de parcelas que cuentan con casas-habitación, sin permisos de edificación válidos, lo que los haría abiertamente ilegales. Por el contrario, los proyectos Guay Guay en Colina y Chaguay en Lo Barnechea no han construido viviendas.
Lo interesante es que en el dictamen N° E99271/2025 del 16 de junio, el ente fiscalizador resolvió aceptar la subdivisión del proyecto Reserva La Dehesa (ex Chaguay), de la empresa Desarrollos La Dehesa SpA, en razón de actos administrativos emitidos por la Seremi Minvu y el SAG en 1974 y 1979, invocando el principio de confianza legítima.
En dictamen reciente, la Contraloría resolvió que solo uno de los cuatro proyectos inmobiliarios en áreas de preservación ecológica cuenta con autorizaciones válidas. Los demás podrían haber infringido normas urbanísticas fundamentales
Se desconoce si los otros tres proyectos contaban con autorizaciones previas al año 1997, por lo que solo el proyecto en Lo Barnechea tendría vía libre.
A pesar de eso, y con el ánimo de promover la sustentabilidad ambiental, se propone que Reserva La Dehesa se acoja a la Ley N° 20.930 sobre Derechos Reales de Conservación (DRC) y al artículo 2.1.25 de la OGUC, que permite uso habitacional hasta en el 5% de cada parcela.
Finalmente, esperamos que las autoridades de Vivienda y Urbanismo sancionen a los proyectos de Colina donde ya existen viviendas, pues han vulnerado el artículo 8.3.1.1 del PRMS. Y una pregunta concluyente: ¿estas viviendas están afectas al pago de contribuciones de bienes raíces?, impuesto que muchos actores del mercado quieren derogar.
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