El Decreto Supremo N° 1086, dictado en septiembre de 1983 bajo la dictadura civil-militar de Augusto Pinochet Ugarte, ha atravesado sin cambios sustantivos más de tres décadas de gobiernos democráticos. Lo que nació como una herramienta orientada al control del espacio público y la contención de la disidencia política, continúa hoy operando como marco regulatorio de las manifestaciones sociales en Chile.
Desde el retorno a la democracia con Patricio Aylwin, pasando por administraciones de distintos signos políticos —incluyendo a Ricardo Lagos, Michelle Bachelet y Sebastián Piñera, Boric—, el decreto ha sido aplicado de modo constante. Hoy, bajo el gobierno de José Antonio Kast, lejos de abrirse un debate para su reemplazo, se observan señales que apuntan en sentido contrario: un énfasis en el reforzamiento del orden público, un respaldo explícito a la función policial y una retórica que tiende a asociar protesta con amenaza antes que con expresión legítima de la ciudadanía.
En la práctica, el decreto ha funcionado como un sistema de autorización encubierta. Aunque formalmente exige solo aviso previo, su aplicación ha permitido a la autoridad administrativa definir condiciones, modificar recorridos e incluso impedir la realización de determinadas manifestaciones. Esta herramienta ha resultado funcional para todos los gobiernos, en la medida en que facilita la gestión del conflicto social desde una lógica preventiva. Así, el problema no ha sido solamente normativo, sino político: existe una decisión sostenida de conservar un instrumento que entrega control sobre la calle.
La falta de modificaciones al decreto refleja una tensión no resuelta en la democracia chilena. Por un lado, un discurso público centrado en la ampliación de derechos y libertades; por otro, se mantiene vigente una normativa que limita uno de los derechos más básicos en una sociedad democrática: la libertad de reunión. Esta contradicción se vuelve más evidente al contrastar el decreto con estándares internacionales, como los establecidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que promueven un enfoque donde el Estado debe facilitar —y no obstaculizar— el ejercicio de la protesta.
En este contexto, el actual gobierno no parece tensionar esa inercia, sino más bien profundizarla. Las primeras definiciones han puesto el acento en el fortalecimiento de las policías, particularmente de Carabineros de Chile, y en la necesidad de dotarlas de mayores atribuciones para el control del orden público. Si bien la seguridad es una demanda legítima, el riesgo radica en que este enfoque consolide una mirada donde la protesta es tratada prioritariamente como un problema de seguridad y no como un derecho político.
A ello se suma un elemento que resulta incómodo, pero necesario de abordar: el relativo silencio del movimiento de derechos humanos y de buena parte de los partidos políticos frente a la vigencia del decreto. Este silencio no responde a una única causa. En el caso de las organizaciones de derechos humanos, una parte importante de sus esfuerzos históricos se ha concentrado en la verdad, la justicia y la reparación respecto de las violaciones ocurridas durante la dictadura. Esa agenda, imprescindible, ha tendido a relegar a un segundo plano la discusión sobre las regulaciones contemporáneas del orden público. A ello se suma una fragmentación del campo de los derechos humanos en democracia, donde las agendas se diversifican y, en ocasiones, pierden capacidad de incidencia en reformas estructurales.
Así, el problema no ha sido solamente normativo, sino político: existe una decisión sostenida de conservar un instrumento que entrega control sobre la calle
En cuanto a los partidos políticos, el silencio se explica, en buena medida, por una lógica de conveniencia. Quienes han sido gobierno han encontrado en el decreto una herramienta útil para gestionar la protesta, mientras que quienes han estado en la oposición no siempre han logrado sostener una posición coherente al respecto. La protesta se defiende cuando se la necesita, pero se regula cuando se la gobierna.
La continuidad del decreto no puede explicarse únicamente por desidia legislativa. Existe una racionalidad compartida por las élites políticas: gobernar implica administrar el conflicto, y para ello resulta útil contar con herramientas que permitan regular la ocupación del espacio público.
Mantener vigente una norma de origen autoritario erosiona la coherencia del sistema democrático y debilita su legitimidad frente a la ciudadanía. No se trata solo de una cuestión simbólica. La forma en que se regula la protesta define los límites de la participación política y el modo en que se procesan las demandas sociales. Cuando ese marco se sustenta en la sospecha y el control preventivo, el mensaje es claro: la calle sigue siendo un espacio bajo vigilancia.
Superar esta situación exige algo más que ajustes reglamentarios. Requiere una definición política respecto del lugar que ocupa la protesta en la vida democrática. Si se la concibe como una amenaza, el camino seguirá siendo el del control.
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