El proyecto de Ley de Responsabilidad Parental ha situado una pregunta que, en apariencia, resulta difícil de discutir: ¿deben los padres asumir mayores responsabilidades respecto del cuidado y comportamiento de sus hijos?
La respuesta rápida pareciera ser afirmativa. Sin embargo, cuando la discusión abandona el plano de los principios y se traslada a la realidad surgen interrogantes que merecen ser consideradas antes de avanzar en nuevas pretensiones legales.
La parentalidad constituye una función primordial para el desarrollo de niños, niñas y adolescentes. Nadie podría sostener que los adultos responsables deban quedar eximidos de sus deberes de cuidado, protección y orientación.
Aun así, la pregunta no es cuánto más podemos exigir a las familias, sino cuáles son las condiciones reales bajo las cuales dichas responsabilidades pueden ejercerse.
Las familias que ingresan al sistema de protección enfrentan una realidad que rara vez es incluida en los análisis normativos: la sobrecarga de sobrevivencia.
No sólo deben responder a las exigencias propias de la crianza, sino también afrontar la precariedad económica, inestabilidad laboral, endeudamiento, hacinamiento, escasez de redes de apoyo, dificultades de acceso a servicios y otros.
En muchos casos, la energía disponible está destinada a resolver necesidades inmediatas de subsistencia.
Desde esta perspectiva, resulta legítimo preguntarse si el sistema está ponderando capacidades parentales o si, en ocasiones, termina evaluando las consecuencias de la desigualdad social.
La experiencia muestra que esta distinción continúa siendo escasamente abordada. Aunque legalmente la pobreza no constituye una causal de vulneración de derechos, muchos de los indicadores que fundan intervenciones se hallan a condiciones de exclusión.
La falta de supervisión, las dificultades para asistir a controles o la imposibilidad de garantizar determinados estándares de bienestar suelen analizarse sin considerar las restricciones objetivas que afrontan numerosas familias.
El riesgo es evidente: la intervención estatal puede desplazarse progresivamente desde la protección de la infancia hacia una forma indirecta de sanción de la pobreza.
Esta situación se vuelve aún más problemática cuando se observa la capacidad real del sistema para responder a las necesidades que identifica.
Una parte importante de la red de protección especializada opera bajo condiciones de alta demanda y recursos limitados.
Las coberturas resultan insuficientes frente al volumen de casos y las listas de espera se han transformado en una realidad habitual para niños, niñas y adolescentes.
A ello se suma el uso creciente de mecanismos judiciales destinados a acelerar el ingreso a programas especializados. Sin embargo, cuando la oferta disponible se encuentra saturada, estas decisiones terminan ampliando los bolsones de espera en lugar de generar soluciones concretas.
Porque junto a la responsabilidad parental, existe también una responsabilidad institucional que no puede quedar fuera del análisis
La medida se decreta, pero la intervención no se materializa.
La paradoja es difícil de ignorar. Mientras se discute la necesidad de fortalecer la responsabilidad parental, el propio sistema encargado de apoyar a las familias exhibe sustanciales limitaciones para efectuar sus funciones.
La situación se complejiza al considerar las condiciones laborales de quienes ejecutan las intervenciones.
La alta rotación profesional, la sobrecarga administrativa, las dificultades de especialización y las bajas remuneraciones afectan la continuidad y calidad de los procesos de acompañamiento.
Resulta contradictorio exigir cambios profundos y sostenidos a familias expuestas a múltiples factores de riesgo cuando los equipos llamados a intervenir también desarrollan su labor bajo condiciones de desgaste permanente.
En este contexto, la discusión sobre responsabilidad parental corre el riesgo de abordar sólo una parte del problema.
Porque junto a la responsabilidad parental, existe también una responsabilidad institucional que no puede quedar fuera del análisis.
El Estado no sólo tiene la facultad de exigir protección hacia la infancia; también tiene la obligación de generar las condiciones necesarias para que dicha protección sea viable.
La pregunta de fondo, no es si las familias deben asumir responsabilidades.
La verdadera interrogante es si resulta legítimo aumentar las exigencias parentales cuando las herramientas de apoyo continúan siendo insuficientes para responder a las necesidades que el propio sistema identifica.
La protección efectiva de niños, niñas y adolescentes requiere adultos responsables, pero también instituciones capaces de acompañar, apoyar e intervenir.
Mientras las familias continúen enfrentando una permanente sobrecarga de sobrevivencia y el sistema mantenga dificultades para garantizar respuestas oportunas y especializadas, cualquier discusión sobre nuevas exigencias legales corre el riesgo de transformarse en una promesa difícil de materializar en la realidad cotidiana.
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